Los contratos de alquiler mínimos son de 2 años y 10.000 km por año. Si deseas un alquiler para una duración inferior, tendrías que ponerte en contacto con info@leaseway.es para que podamos analizar tus necesidades.

El kilometraje que se puede contratar con Leaseway son de 10.000/15.000/20.000 kms anuales, para otras duraciones contactar con información servicio a info@leaseway.es

Si, a un precio desde 0,06€/km para nuestros vehículos del segmento B.

Según se indica en las condiciones generales de alquiler :

El ARRENDATARIO se compromete a asumir cualquier multa, infracción y gasto judicial correspondiente al arrendamiento, la posesión o el uso del vehículo arrendado, y a pagarlos directamente y dentro de los plazos legales, a las autoridades competentes.

En caso de que el ARRENDADOR tuviera que tramitar las multas e infracciones impuestas contra el ARRENDATARIO, o tuviera que enviárselas, el ARRENDADOR repercutirá al ARRENDATARIO los costes de dicha gestión, hasta un importe máximo de 10 euros. En caso de que, adicionalmente a lo anterior, el ARRENDADOR deba abonar las cantidades adeudadas, facturará al ARRENDATARIO los importes que haya eventualmente pagado en su lugar, y los gastos correspondientes, así como un importe de 30 euros en concepto de gastos de gestión de cobro.

Dicho esto; como cliente, debes identificar al conductor que tuvo el vehículo en ese plazo de alquiler e informar a la DGT de quién cometió la infracción.

Para extender el contrato debes contactar directamente con Leaseway a través de info@leaseway.es para poder analizar las nuevas condiciones y ver si es posible esta extensión y a que coste.

Según se indica en las Condiciones Generales de alquiler :

En caso de siniestro total del vehículo, ya sea porque se haya declarado su robo y no se haya recuperado después de más de un mes a contar desde la fecha de constatación de su desaparición que se mencione en la denuncia, o por el hecho de que las aseguradoras lo declaren no reparable, o porque las Partes lo declaren así por motivos de seguridad, o si las reparaciones se consideran demasiado importantes, irrealizables o con una eficacia aleatoria, el Contrato del vehículo será rescindido de pleno derecho en la fecha de acaecimiento del siniestro o la fecha de vencimiento del plazo de 30 (treinta) días siguiente a la denuncia de robo ante las autoridades policiales, según sea el caso.

El ARRENDATARIO tendrá la obligación de abonar al ARRENDADOR una indemnización equivalente al Valor Preestablecido del vehículo. La indemnización recibida por Leaseway por parte de aseguradora como consecuencia de un siniestro total reducirá la indemnización adeudada por el cliente. Si la indemnización pagada por la aseguradora fuera inferior a la indemnización adeudada (i.e. el Valor Preestablecido del vehículo), el cliente deberá cubrir la diferencia entre ambos conceptos.

En caso de siniestro parcial, el cliente hará que se efectúen las operaciones de reparación del vehículo, a su costa, por un reparador de la red autorizada por el fabricante, o bien en su establecimiento, si está cualificado para hacerlo.

En aquellos casos en los que el importe de la indemnización pagada por la compañía aseguradora no cubra la totalidad de los daños ocasionados por el siniestro, la diferencia resultante será asumida por Leaseway.

En el caso de que se trate un VO, el taller pasará la ITV cada 2 años, si su contrato de alquiler fueran 3 años en el momento que pase la ITV el vehículo se nos enviará la factura para reembolsarle el pago de esta. Leaseway se encarga del gasto de la pasación de la ITV.

En el caso de que se trate un VN, el vehículo pasa la ITV cada 4 años.

La información y fecha para realizar la ITV se encuentra en la ficha técnica que irá con el vehículo.

Toda la gestión del pedido puede estar resuelta en 72h, dependiendo siempre de que el futuro cliente envíelos documentos necesarios con agilidad, y de que los documentos de aceptación de riesgo no presenten ninguna incidencia.

La firma de los diferentes documentos se realiza de forma digital para reducir los tiempos de gestión.

Si el vehículo se encuentra en stock y dependiendo de la ubicación del vehículo y lugar de entrega, podrá entregarse en 15 días desde la firma de todos los documentos de la aprobación del riesgo por parte de Leaseway.

Para un vehículo que no estuviera disponible consultar a info@leaseway.es

Según se indica en las Condiciones Generales de alquiler :

La primera cuota se facturará a la entrega del vehículo con base pro-rata temporis de los días pendientes del mes en curso. El resto de las cuotas, salvo estipulación en contrario, serán cuotas pagaderas por adelantado, mediante abono en el primer día hábil de cada mes.

Leaseway entrega los vehículos a la dirección que nos indique el ARRENDATARIO, por lo que sería una entrega en mano y a domicilio.En caso de necesitar entrega rápida, se podrá acordar la recogida donde el ARRENDATARIO indique.

Si, una garantía nominada a la duración del contrato con un coste gratuito.

Esta garantía incluye :

– Las reparaciones de averías mecánicas y eléctricas, y que incluye las averías de :

  • Bombas de agua y sistemas de refrigeración
  • Aire acondicionado y climatización
  • Sistemas de dirección
  • Kit de distribución
  • Embragues, cajas de cambio y transmisión
  • Motor, sistema de inyección y sobrealimentación
  • Electricidad y electrónica
  • Sistema de seguridad activo y pasivo (ABS, airbags, sistemas de estabilidad, cinturones.

El estado de pedido tendrías que contactar directamente con info@leaseway.es o bien llámanos al 917 040 983 para que puedan resolver cualquier duda que puedas tener.

En Leaseway tenemos relaciones con muchos marcas y concesionarios, por lo que no dudes en contactarnos a través de información servicio a info@leaseway.es o llamando al teléfono 917 040 983, intentaremos dar respuesta a cualquier petición.

¿Tienes alguna otra duda?
Eso tiene solución...

    ¿Te llamamos?

    Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo para resolver tus dudas.